EL NESECARIO CANDADO CONSTITUCIONAL A LA DEUDA PÚBLICA RD

SANTO DOMINGO14/10/2025ElyaguatenseElyaguatense
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Artículo de opinión 


Por: Luis Henríquez
Político – Santo Domingo,

La deuda pública en el centro del debate

En los últimos días, el tema de la deuda pública ha vuelto con fuerza al debate nacional. El presidente Luis Abinader, así como los expresidentes Danilo Medina y Leonel Fernández, han emitido declaraciones en torno al nivel de endeudamiento del Estado, generando una discusión pública sobre quiénes son responsables del crecimiento de la deuda y cuál ha sido su destino.

Lo cierto es que este debate ha trascendido los círculos políticos y técnicos, convirtiéndose en tema de conversación ciudadana, mediática y social. Economistas, comunicadores y analistas han expresado sus valoraciones, mientras la población observa con preocupación el incremento sostenido del endeudamiento del país.

Mi experiencia legislativa frente al endeudamiento

En mi calidad de legislador de oposición, me correspondió ejercer un rol de fiscalización activa frente a cada solicitud de préstamo sometida al Congreso Nacional. En una ocasión recurrimos incluso a la protesta simbólica con pancartas, enumerando el número de cada préstamo que se presentaba para aprobación, como una forma de llamar la atención sobre la magnitud del problema.

En múltiples oportunidades, cuestionamos la naturaleza de esos préstamos. Observamos cómo, bajo conceptos aparentemente técnicos o de inversión, se ocultaban operaciones destinadas al financiamiento de gasto corriente, lo cual constituye una violación a la Ley de Crédito Público (Ley 6-06).

Esta práctica se justifica a través de interpretaciones distorsionadas del término “gastos operativos”, incluido en la normativa, pero que en la práctica se utiliza para cubrir déficits presupuestarios o compromisos administrativos que no deberían financiarse con deuda.

Todo esto ocurre bajo el amparo de una mayoría legislativa disciplinada al Poder Ejecutivo, que aprueba sin mayor cuestionamiento los proyectos de endeudamiento, muchas veces sin la debida ponderación del impacto económico ni de la sostenibilidad fiscal a largo plazo.

El riesgo de continuar sin control

La recientemente aprobada Ley de Responsabilidad Fiscal establece metas para la reducción gradual de la deuda pública, con el objetivo de llevarla al 40 % del PIB para el año 2035. Sin embargo, esa meta ya parece lejana: cada año el endeudamiento aumenta en proporción al PIB, y si la tendencia continúa, en una década la deuda podría superar el 60 % del PIB, comprometiendo la estabilidad fiscal del país.

Resulta evidente que, aunque las leyes ordinarias intentan imponer disciplina, éstas son fácilmente modificables o ignoradas. Hoy, basta una mayoría simple de 60 votos en la Cámara de Diputados para autorizar préstamos que comprometen las finanzas de futuras generaciones.

Por eso, se hace imprescindible elevar el control del endeudamiento al nivel constitucional, estableciendo un candado que no pueda abrirse sin consenso nacional ni justificación técnica real.

Un candado constitucional necesario

Nuestra Constitución solo enuncia principios generales en materia de crédito público (artículo 234), pero no establece límites numéricos ni reglas de sostenibilidad. Es tiempo de fortalecer ese marco constitucional, estableciendo una disposición concreta que impida el sobreendeudamiento irresponsable.

Este candado constitucional puede lograrse agregando un párrafo al artículo 234 de la Constitución, que disponga lo siguiente:

“La deuda pública consolidada del sector público no financiero no podrá exceder el cuarenta por ciento (40 %) del Producto Interno Bruto (PIB), salvo en casos excepcionales de emergencia nacional, crisis económica o desastre natural, debidamente declarados conforme a la Constitución y aprobados por las dos terceras partes de los miembros de cada cámara. Toda operación de crédito que supere este límite sin dicha aprobación será nula de pleno derecho y generará responsabilidad administrativa, civil y penal para los funcionarios involucrados.”

Una propuesta de país

Esta reforma no debe ser vista como un capricho político, sino como una política de Estado a favor del equilibrio y la sostenibilidad fiscal. El objetivo no es limitar la acción del gobierno, sino garantizar que el endeudamiento responda a proyectos productivos, transparentes y sostenibles, y no a compromisos clientelares o gasto corriente.

La República Dominicana necesita dar este paso hacia la madurez institucional. El candado constitucional no es una traba, sino una puerta a la estabilidad, la responsabilidad y el consenso. Es el mecanismo que puede garantizar que el crecimiento económico no se construya sobre la deuda del futuro.

CERREMOS EL CANDADO 

HASTA LUEGO

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